Aprende los pasos de la Categorización para tu Consultorio

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De acuerdo con el DECRETO SUPREMO Nº 031-2014-SA, que aprueba el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), se considera una INFRACCIÓN GRAVE realizar atenciones de salud sin registro en SUSALUD, y se sanciona con una multa de hasta 300 UIT (una UIT al 2023 equivale a 4950 soles).

No cumplir con la categorización conlleva la cancelación del Registro de las IPRESS a partir del 1 de enero de 2024 y Las IPRESS que no cuenten con Registro en el RENIPRESS no pueden brindar servicios de salud, la infracción se sanciona hasta con 300 UIT.

La Categorización es el proceso que conduce a clasificar los diferentes establecimientos de salud, en base a niveles de complejidad y a características funcionales, que permitan responder a las necesidades de salud de la población que atiende.

1.Requisitos para ejercer profesionalmente
   a. Estar titulado
   b. Estar colegiado
   c. Estar habilitado, en caso de que el colegiado ejerza la profesión en más de una jurisdicción, deberá abonar, además de la cuota societaria del colegio regional de procedencia, el porcentaje que les corresponda a los demás Colegios Regionales.

2.Requisitos del Establecimiento de Salud para la atencion de pacientes
  a. Licencia de funcionamiento
  b. Resolución de Categorizacion de la Autoridad sanitaria
     i. Emitida por la DIRIS en Lima metropolitana
     ii. Emitida por las DIRESAS en Lima provincias y demás provincias del Perú

3.	Antes del alquilar o comprar un local ten en cuenta lo siguiente:
       a. Asegúrate que la direccion del local sea compatible con el GIRO ECONOMICO CONSULTORIO ODONTOLOGICO O CENTRO ODONTOLOGICO     ESPECIALIZADO.
       b. Esta información la puedes solicitar al área de Catastro y ordenamiento urbano en cada MUNICIPALIDAD.

4.	Consideraciones para la Infraestructura
        a. Debes de tener un área de 14m2 como mínimo por cada consultorio, no incluye área de admisión, sala de espera ni servicios higiénicos.
       b. Cada consultorio debe tener un lavamanos
       c. Sí el área de desinfección y esterilización lo ubicaras dentro de los 14m2 debes instalar un lavadero, un lavamanos, cada una con su poza y una escurridera metálica empotrada.
      d. Si el área de desinfección y esterilización lo ubicaras en un área independiente debes instalar un lavadero, un lavamanos, cada una con su poza y una escurridera metálica empotrada.
     e. Debe disponer de un área de limpieza.
     f. Debe disponer de un punto de acopio.
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5.	Consideraciones sobre el Establecimiento de salud
La legislación sobre el funcionamiento de Establecimientos de Salud que brindan atencion odontológica en nuestro país establece dos denominaciones:
•	Consultorio odontologico, que es categoria I-1
•	Centro odontologico especializado, que es categoria I-3
Un Consultorio Odontologico tiene una Categoria I-1 puede tener las siguientes características:
•	Una o más unidades, no hay un límite establecido.
•	Puede brindar servicios un odontólogo general y/o especialista.
•	Puede o no tener equipo de rayos x.
Un Centro Odontologico especializado tiene una Categoria I-3 debe tener las siguientes características:
•	2 odontólogos especialistas con RNE
•	Soporte de rayos x (con licencia de funcionamiento y licencia de individual como operador)
•	Laboratorio dental propio o tercerizado, dentro de sus instalaciones o fuera de ella, en caso sea tercerizado el Laboratorio dental debe estar categorizado.
6.	Consideraciones del soporte de rayos x
•	El(los) equipos deben tener un certificado de control de calidad vigente (3 años de duración)
•	Cada equipo debe tener una licencia de funcionamiento (tiene vigencia 5 años)
•	Al menos un miembro del staff del establecimiento debe contar con licencia individual como operador de rayos x odontologico (tiene vigencia de 5 años)
7.	Los requisitos para la CATEGORIZACION son los mismos a nivel nacional, la autoridad sanitaria (DIRIS o DIRESA) tiene la potestad de solicitar la documentación que considera necesaria dentro del marco de la normatividad vigente. Los requisitos son los siguientes:
a.	Solicitud de categorizacion, formato según cada DIRIS o DIRESA
b.	Recibo de pago por concepto de categorizacion a la cuenta corriente de la  DIRIS O DIRESA por concepto de: CATEGORIZACION DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD SIN INTERNAMIENTO : S/ 325.20
c.	Ficha de solicitud de Categorizacion y registro realizado en el aplicativo de RENIPRESS
d.	Ficha RUC, persona natural con negocio o jurídica
e.	Croquis de ubicación.
f.	Plano arquitectónico con medidas
g.	Listado de equipos biomédicos según formato de cada DIRIS O DIRESA
h.	Nomina de profesionales de la salud y personal de apoyo según formato de cada DIRIS O DIRESA
i.	Constancia de habilidad vigente
j.	Cronograma u horario de atencion
k.	Constancia de buen funcionamiento de los equipos biomédicos, si fueran nuevos, boletas de venta no mayor de 6 meses de antigüedad.
l.	DNI del personal de salud y de apoyo.
m.	Contrato vigente con empresa de recolección de residuos sólidos.
n.	Licencia de funcionamiento de cada equipo de rayos x
o.	Licencia individual como operador de rayos x odontologico
p.	Mapa de referencia y contrarreferencia 
q.	Licencia de funcionamiento, en caso la Municipalidad de la jurisdicción de su local no emita Licencia de funcionamiento sin estar Categorizado, debe solicitar una compatibilidad de uso, los requisitos para solicitar la compatibilidad de uso son:
i.	Solicitud de compatibilidad de uso
ii.	Copia de contrato de arrendamiento (si es local alquilado)
iii.	Copia de registro del predio en SUNARP (si es propio)
iv.	Mapa de ubicación
8.	Una vez obtenido todos los requisitos para la categorizacion estos forman parte del expediente a presentar a la autoridad sanitaria (DIRIS O DIRESAS)

9.	Luego de presentar la documentación la autoridad sanitaria programara una visita de categorizacion donde verificara la información brindada, en dicha visita le solicitaran la siguiente documentación:
a.	Guías de práctica clínica
b.	Reglamento de organización y funciones (*)
c.	Manual de organización y funciones
d.	Manual de procedimientos
e.	Manual de bioseguridad
f.	Plan de contingencia frente a emergencias y desastres
g.	Plan de mantenimiento de equipos biomédicos
h.	Plan anual de manejo de residuos sólidos
i.	Plan anual de auditoría de la calidad de atención en salud (*)
j.	Plan de capacitación del personal
(*) a partir de 3 RRHH

10.	Al momento de la visita de Categorizacion en caso hubiera observaciones las registraran en el ACTA DE VISITA el cual tendrán una copia y les proporcionaran un tiempo prudencial para levantar las observaciones realizadas.

11.	Al haber conformidad la DIRIS O DIRESA emitirá la Resolución de Categorizacion que tiene una vigencia de 3 años.

12.	La recategorización es el proceso que debe realizarse obligatoriamente a solicitud de parte cada tres años, o antes en caso varíe la complejidad del establecimiento de salud. La recategorización es un proceso que implica una nueva verificación. La solicitud de recategorización debe presentarse antes de la pérdida de vigencia de la categoría asignada en el acto resolutivo respectivo.

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